Autor: David Lavi, Esq.
25 de junio de 2024
Asunto: ¿Cuáles son las implicaciones de las Enmiendas a la Ley de Abogados Generales Privados (PAGA) en California?
El viernes por la noche, la legislatura de California publicó el texto de las enmiendas previstas a la Ley de Abogados Generales Privados (PAGA). Estas enmiendas, presentadas en dos proyectos de ley —uno del Senado y otro de la Asamblea—, modifican tres disposiciones estatutarias de la PAGA. Para comprender la nueva ley, ambos proyectos deben leerse en conjunto. Actualmente, los proyectos de ley se encuentran en comisión y se espera que se voten en los próximos días. Si se promulga antes del 27 de junio de 2024, la legislación impedirá que la iniciativa de derogación de la PAGA aparezca en la boleta electoral de California en noviembre.
Si estas enmiendas se convierten en ley, se aplicarán a las demandas PAGA presentadas a partir del 19 de junio de 2024, a menos que la carta de notificación PAGA relacionada se haya presentado antes del 19 de junio de 2024. Las enmiendas no afectarán a las empresas con litigios PAGA pendientes o que prevean una demanda PAGA por una carta de notificación presentada antes del 19 de junio.
Si bien existen beneficios, algunos aspectos de la legislación son menos favorables. En general, de promulgarse, la legislación podría alterar sustancialmente el panorama de litigios en California para las empresas de personal que priorizan el cumplimiento.
Exposición al Periodo de Pago Reducido para Empresas de Personal
El cambio más importante es que la legislación dejaría de penalizar a los empleadores que pagan semanalmente en lugar de quincenal o quincenalmente. Las empresas de personal en California suelen pagar semanalmente para cumplir con el Código Laboral § 201.3, que exige pagos semanales para las empresas de personal temporal. Según las disposiciones actuales de PAGA, este cumplimiento implica la duplicación de los períodos de pago y posibles sanciones para las empresas de personal. La nueva legislación abordaría este problema, reduciendo potencialmente a la mitad la exposición de las empresas de personal a PAGA.
Los tribunales conservarán su discreción para imponer sanciones civiles y dictar medidas cautelares, y estarán obligados a reducir significativamente las sanciones si se cumplen ciertos criterios. La sanción estándar se mantendrá en 100 dólares por empleado afectado por período de pago, con excepciones. Las sanciones por ciertas infracciones en el comprobante de nómina se reducirán a 25 dólares si los empleados pueden determinar con rapidez y facilidad la información exacta del comprobante de nómina, y a 50 dólares por infracciones aisladas y no recurrentes que no se extiendan más allá de 30 días o cuatro períodos de pago consecutivos.
La legislación también especifica que una sanción de 200 dólares por empleado por período de pago se aplica únicamente si el empleador tenía antecedentes de políticas o prácticas ilegales o si la conducta fue considerada maliciosa, fraudulenta u opresiva por el tribunal.
En particular, la legislación elimina las sanciones por reclamaciones derivadas según los artículos 201 a 204 y 226 del Código Laboral, aunque los demandantes pueden solicitar sanciones acumuladas por infracciones no derivadas dentro del mismo período de pago. Esta posibilidad de acumulación de sanciones podría contrarrestar el beneficio de una exposición reducida al período de pago.
Soluciones legislativas a interpretaciones judiciales perversas
La legislación aborda varias interpretaciones judiciales que han generado complicaciones. Aclara que un demandante bajo la Ley PAGA solo puede presentar demandas por las violaciones que realmente sufrió, revocando el fallo Huff que permitía demandas por cualquier violación plausible del Código Laboral. Este cambio representa una victoria significativa, aunque podría dar lugar a más litigios PAGA con múltiples demandantes o simultáneos.
Además, las enmiendas propuestas establecen un plazo de prescripción de un año para las demandas bajo la Ley PAGA, resolviendo así las ambigüedades de decisiones recientes.
La legislación también aborda la decisión del Tribunal Supremo de California en el caso Estrada, que permite a los tribunales limitar las pruebas y el alcance de las demandas para garantizar juicios efectivos. Esto es especialmente beneficioso para las empresas de personal que trabajan con personal diverso y hechos diversos.
Remediar y Cumplir
Las enmiendas ofrecen a los empleadores la oportunidad de subsanar ciertas presuntas infracciones del Código Laboral tras la presentación de una notificación de PAGA, lo que podría reducir o eliminar las sanciones. Los empleadores pueden subsanar las infracciones de las nóminas mediante el pago del salario completo, la indemnización por daños y perjuicios, el 7% de interés y los honorarios de los abogados.
La legislación incentiva el cumplimiento ofreciendo una reducción del 85% en las sanciones si los empleadores han tomado todas las medidas razonables para cumplir con el Código Laboral antes de recibir una notificación de PAGA o una solicitud de registros. Las medidas razonables pueden incluir auditorías de nómina, difusión de políticas legales, capacitación de supervisores y acciones correctivas. El tribunal considerará la totalidad de las circunstancias para determinar el cumplimiento.
De igual manera, se ofrece una reducción del 70 % en las sanciones si los empleadores toman medidas razonables para cumplir después de recibir una notificación de PAGA. Estas disposiciones incentivan a las empresas de contratación de personal a establecer programas de cumplimiento sólidos.
Litigio PAGA
Las enmiendas permiten a los empleadores con 100 o más empleados solicitar una conferencia de evaluación temprana y la suspensión de los procedimientos judiciales antes o durante su comparecencia inicial. La conferencia tiene como objetivo determinar si se produjeron infracciones, evaluar las fortalezas y debilidades del caso y explorar opciones de acuerdo. Este proceso puede ser beneficioso para brindar la oportunidad de una evaluación temprana del caso.
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