{"id":1108,"date":"2024-07-31T18:02:04","date_gmt":"2024-07-31T18:02:04","guid":{"rendered":"https:\/\/tusabogadoslaboral.com\/?p=1108"},"modified":"2025-04-28T13:27:45","modified_gmt":"2025-04-28T13:27:45","slug":"meal-break-regulations-in-california","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ebralavi.com\/tusabogadoslaborales\/meal-break-regulations-in-california\/","title":{"rendered":"Regulaciones sobre los descansos para comer en California"},"content":{"rendered":"<p>Autor: David Lavi, Esq<br \/>\n31 de julio de 2024<br \/>\n<em>Asunto: \u00bfCu\u00e1ndo tengo derecho a un descanso para comer en California?<\/em><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-1109 size-full\" src=\"\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/95_time-for-a-break.jpg\" alt=\"\u00bfCu\u00e1ndo tiene derecho un empleado a un descanso para comer en California? El horario tradicional de 9 a 5 horas.\" width=\"300\" height=\"200\" srcset=\"https:\/\/ebralavi.com\/tusabogadoslaborales\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/95_time-for-a-break.jpg 300w, https:\/\/ebralavi.com\/tusabogadoslaborales\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/95_time-for-a-break-800x533.jpg 800w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En California, los empleadores deben proporcionar un per\u00edodo de comida de al menos 30 minutos para los empleados que trabajen m\u00e1s de cinco horas al d\u00eda. Si el per\u00edodo total de trabajo no supera las seis horas, este per\u00edodo de comida puede ser renunciado por consentimiento mutuo. Para los empleados que trabajen m\u00e1s de diez horas al d\u00eda, se requiere un segundo per\u00edodo de comida de 30 minutos, a menos que las horas totales trabajadas no excedan las 12 y no se haya renunciado al primer per\u00edodo de comida, en cuyo caso el segundo tambi\u00e9n puede ser renunciado por acuerdo mutuo (<a href=\"http:\/\/leginfo.legislature.ca.gov\/faces\/codes_displaySection.xhtml?lawCode=LAB&amp;sectionNum=512.\">C\u00f3digo Laboral Secci\u00f3n 512<\/a>).<\/p>\n<p>Los empleados de la industria cinematogr\u00e1fica tienen requisitos diferentes: no pueden trabajar m\u00e1s de seis horas sin un per\u00edodo de comida que dure entre 30 minutos y una hora. Los per\u00edodos de comida posteriores deben comenzar a m\u00e1s tardar seis horas despu\u00e9s del final del per\u00edodo anterior <a href=\"https:\/\/www.dir.ca.gov\/IWC\/WageOrderIndustries.htm\">(Orden IWC 12-2001, Secci\u00f3n 11(A))<\/a>.<\/p>\n<p>Si un empleado no es relevado de todas sus funciones durante su per\u00edodo de comida de 30 minutos, se considera un per\u00edodo de comida &#8220;en servicio&#8221; y debe ser pagado a la tarifa regular. Los per\u00edodos de comida &#8220;en servicio&#8221; solo se permiten cuando la naturaleza del trabajo impide el relevo de funciones y ambas partes, empleador y empleado, acuerdan por escrito. El acuerdo debe permitir que el empleado lo revoque en cualquier momento (\u00d3rdenes IWC 1-15, Secci\u00f3n 11; Orden 16, Secci\u00f3n 10). Esta determinaci\u00f3n se basa en criterios objetivos, y algunos ejemplos de trabajo incluyen un trabajador solo en un quiosco de caf\u00e9, una tienda de conveniencia abierta toda la noche o un guardia de seguridad en un sitio remoto.<\/p>\n<p>Si un empleador requiere que un empleado permanezca en el lugar de trabajo durante el per\u00edodo de comida, debe ser pagado, incluso si el empleado est\u00e1 relevado de todas las funciones laborales (Bono Enterprises, Inc. v. Bradshaw, 1995).<\/p>\n<p>Si un empleador no proporciona el per\u00edodo de comida requerido, debe pagar al empleado una hora adicional de salario a la tarifa regular por cada d\u00eda laboral en que no se proporcione el per\u00edodo de comida (C\u00f3digo Laboral Secci\u00f3n 226.7). Esta hora adicional no se cuenta como horas trabajadas para fines de c\u00e1lculo de horas extras.<\/p>\n<p>Los empleadores deben designar un lugar adecuado en las instalaciones para que los empleados coman, excepto en industrias como la construcci\u00f3n, perforaci\u00f3n, tala y miner\u00eda (Orden IWC 16-2001). Para estos empleados, los empleadores deben proporcionar agua potable, jab\u00f3n u otros agentes limpiadores, y toallas de un solo uso para lavarse las manos.<\/p>\n<p>Para turnos que comiencen o terminen entre las 10 p.m. y las 6 a.m., deben estar disponibles instalaciones para asegurar o calentar alimentos y bebidas, y un lugar protegido para consumirlos, salvo para ciertos empleados de la industria cinematogr\u00e1fica, quienes deben recibir comidas y bebidas calientes si trabajan despu\u00e9s de la medianoche.<\/p>\n<p><strong>Reglas Generales:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Los empleadores en California deben proporcionar un per\u00edodo de comida de al menos 30 minutos si un empleado trabaja m\u00e1s de cinco horas al d\u00eda. Sin embargo, si el d\u00eda laboral no supera las seis horas, el per\u00edodo de comida puede ser renunciado por acuerdo mutuo.<\/li>\n<li>Se requiere un segundo per\u00edodo de comida de 30 minutos si un empleado trabaja m\u00e1s de diez horas. Si el d\u00eda laboral no supera las 12 horas, el segundo per\u00edodo puede ser renunciado si no se renunci\u00f3 al primero. Esto est\u00e1 mandatado por el C\u00f3digo Laboral Secci\u00f3n 512.<\/li>\n<li>En la industria cinematogr\u00e1fica, los empleados no pueden trabajar m\u00e1s de seis horas sin un per\u00edodo de comida, que debe durar entre 30 minutos y una hora. Los per\u00edodos posteriores deben comenzar dentro de las seis horas despu\u00e9s de finalizar el anterior, seg\u00fan la Orden IWC 12-2001, Secci\u00f3n 11(A).<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Per\u00edodos de Comida en Servicio:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Un per\u00edodo de comida se considera &#8220;en servicio&#8221; y debe ser compensado a la tarifa de pago regular si el empleado no es relevado de todas las funciones.<\/li>\n<li>Los per\u00edodos de comida &#8220;en servicio&#8221; solo se permiten cuando la naturaleza del trabajo impide el relevo de todas las funciones y ambas partes acuerdan por escrito. El acuerdo debe permitir la revocaci\u00f3n en cualquier momento.<\/li>\n<li>Ejemplos de trabajos que podr\u00edan requerir per\u00edodos de comida en servicio incluyen trabajadores solos en quioscos de caf\u00e9, tiendas de conveniencia abiertas toda la noche o puestos de seguridad remotos.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Obligaciones del Empleador:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Si un empleado debe permanecer en el lugar de trabajo durante un per\u00edodo de comida, debe ser pagado, incluso si est\u00e1 relevado de todas las funciones (Bono Enterprises, Inc. v. Bradshaw, 1995).<\/li>\n<li>Los empleadores que no proporcionen el per\u00edodo de comida requerido deben pagar una hora adicional al salario regular del empleado por cada d\u00eda en que no se proporcione (C\u00f3digo Laboral Secci\u00f3n 226.7). Esta hora no cuenta para el c\u00e1lculo de horas extras.<\/li>\n<li>Deben proporcionarse \u00e1reas adecuadas para comer en el lugar de trabajo, excepto en industrias como la construcci\u00f3n o miner\u00eda (Orden IWC 16-2001).<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Condiciones Especiales:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Para turnos que comiencen o terminen entre las 10 p.m. y las 6 a.m., deben estar disponibles instalaciones para asegurar o calentar alimentos y bebidas, y un lugar protegido para consumirlos, salvo excepciones para ciertos empleados de la industria cinematogr\u00e1fica que deben recibir comidas y bebidas calientes si trabajan despu\u00e9s de la medianoche.<\/li>\n<\/ul>\n<h3>Preguntas Frecuentes<\/h3>\n<p><strong>1. \u00bfCu\u00e1les son los requisitos b\u00e1sicos para los per\u00edodos de comida bajo la ley de California?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Se debe proporcionar un per\u00edodo de comida de 30 minutos para per\u00edodos laborales de m\u00e1s de cinco horas. Si no se releva de todas las funciones al empleado, el per\u00edodo debe ser pagado. Los per\u00edodos de comida &#8220;en servicio&#8221; requieren acuerdo escrito y solo se permiten cuando las funciones objetivamente lo impiden.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>2. \u00bfC\u00f3mo cumple un empleador su obligaci\u00f3n de proporcionar un per\u00edodo de comida?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Debe relevar completamente al empleado de todas las funciones, renunciar al control, permitirle tomar una pausa ininterrumpida de 30 minutos, y no desalentar el uso del per\u00edodo de comida. Hay excepciones menores para trabajadores de salud bajo las \u00d3rdenes IWC 4 o 5.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>3. \u00bfCu\u00e1les son los requisitos de tiempo para los per\u00edodos de comida?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>El primer per\u00edodo de comida debe proporcionarse a m\u00e1s tardar al final de la quinta hora de trabajo. Se requiere un segundo per\u00edodo a m\u00e1s tardar al final de la d\u00e9cima hora. Se permiten renuncias por consentimiento mutuo en condiciones espec\u00edficas.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>4. \u00bfQu\u00e9 puedo hacer si mi empleador no me permite tomar un per\u00edodo de comida?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Puede presentar una reclamaci\u00f3n salarial ante la Divisi\u00f3n de Cumplimiento de Normas Laborales o demandar a su empleador para recuperar el pago adicional.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>5. \u00bfEs responsable el empleador de pagar el suplemento si decido trabajar durante mi descanso?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>No, si se le releva de todas las funciones y decide trabajar, el empleador no debe pagar el suplemento, pero s\u00ed debe pagarle por el tiempo trabajado, incluido el tiempo extra si corresponde.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>6. \u00bfPuedo trabajar durante mi per\u00edodo de comida para salir antes?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>No, a menos que la naturaleza del trabajo impida el relevo de funciones y exista un acuerdo escrito de per\u00edodo de comida &#8220;en servicio&#8221;.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>7. \u00bfPuede mi empleador requerir que permanezca en el lugar durante mi descanso?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>S\u00ed, pero el per\u00edodo debe ser pagado si se le requiere permanecer en el lugar. Adem\u00e1s, deben proporcionarse instalaciones adecuadas para comer.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>8. \u00bfQu\u00e9 puedo hacer si mi empleador no proporciona un per\u00edodo de comida?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Puede presentar una reclamaci\u00f3n salarial o una demanda para recuperar el suplemento correspondiente por cada d\u00eda laboral en que no se proporcion\u00f3 el descanso.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>9. \u00bfCu\u00e1l es el plazo para presentar una reclamaci\u00f3n por per\u00edodo de comida?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>El plazo de prescripci\u00f3n es de tres a\u00f1os a partir de la supuesta violaci\u00f3n, conforme al caso Murphy v. Cole.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>10. \u00bfQu\u00e9 sucede despu\u00e9s de presentar una reclamaci\u00f3n salarial?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Un Comisionado Adjunto de Trabajo revisar\u00e1 la reclamaci\u00f3n y podr\u00e1 programar una conferencia o audiencia. Si no se resuelve, podr\u00eda celebrarse una audiencia formal o desestimarse el caso.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>11. \u00bfQu\u00e9 puedo hacer si mi empleador no paga ni apela la Orden, Decisi\u00f3n o Laudo (ODA)?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>La DLSE puede registrar la ODA como un fallo contra el empleador, que puede ser cobrado o asignado a la DLSE.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>12. \u00bfQu\u00e9 hago si mi empleador toma represalias por preguntar sobre los descansos?<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Puede presentar una queja de discriminaci\u00f3n\/represalia ante la Oficina del Comisionado Laboral o demandar a su empleador.<\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Autor: David Lavi, Esq 31 de julio de 2024 Asunto: \u00bfCu\u00e1ndo tengo derecho a un descanso para comer en California? &nbsp; En California, los empleadores deben proporcionar un per\u00edodo de comida de al menos 30 minutos para los empleados que trabajen m\u00e1s de cinco horas al d\u00eda. 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